Para presentar una denuncia o reclamación sin asesoramiento previo, puede realizarlo de las siguientes formas:
- En línea: realizando la solicitud a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
- Presencialmente: en las oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Por correo postal: escrito firmado dirigido a la OMIC del distrito.
- Por correo electrónico: escrito firmado dirigido a JMD Chamberí - OMIC, remitido a omicchamberi@madrid.es
Si es consumidor y desea información personalizada sobre sus derechos debe solicitar cita previa. Debe facilitarnos su teléfono de contacto, recibirá una llamada para proporcionarle el asesoramiento por vía telefónica, sin necesidad de desplazarse a las oficinas municipales.
Para pedir cita previa:
Puede solicitar cita a través de los siguientes canales de Línea Madrid:
En Línea: accediendo al Sistema municipal de cita previa, seleccionando como trámite o servicio Consultas en oficinas municipales de información al consumidor - OMIC
Telefónica: a través del 010 o del 914 800 010 (consultar el coste de la llamada en la página de información del 010)
Oficinas de información al consumidor
Contacto
Dirección: CALLE RAIMUNDO FERNANDEZ VILLAVERDE 8, 28003 MADRID
Correo electrónico: omicchamberi@madrid.es
Cómo llegar
Metro: Nuevos Ministerios (líneas 6, 8, 10)
Bus: 7, 14, 27, 40, 126, 147, 150, C1, C2
Cercanías: C1, C2, C3, C4, C7, C8, C10
Más información
Competencias de la OMIC (Oficina Central y oficinas de distrito)
- Propicia, a través de la mediación entre el consumidor y la empresa, la resolución voluntaria de conflictos en materia de consumo.
- Si no logra el acuerdo entre las partes para la solución del conflicto, remite la reclamación, si el reclamante lo solicita expresamente, a la Junta Arbitral de Consumo del Ayuntamiento de Madrid.
- Ofrece información en materia de consumo, cuando así se solicita.
- Dirige a los Servicios de Inspección de consumo las denuncias de los consumidores y aquellas reclamaciones en las que se detecten posibles infracciones en materia de consumo.
Podrán acceder a los servicios de la OMIC las personas físicas que actúen con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión.
Son también consumidores a efectos de esta norma las personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica que actúen sin ánimo de lucro en un ámbito ajeno a una actividad comercial o empresarial.
Los temas sobre los que trata la OMIC son los siguientes: - Compra de bienes: Alimentos, automóviles, textil, calzado, vivienda, electrodomésticos, electrónica, juguetes, joyería, mobiliario, material fotográfico, comercio electrónico... etc.
- Prestación de servicios: Seguros, agencias de viajes, servicios financieros, reparación de automóviles, reparación de electrodomésticos, transporte, mudanzas, tintorerías, peluquería y estética...etc.
- Suministros: Telefonía, electricidad, agua, gas... etc.
Fundamento legal Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
Ley 3/2014, de 27 de marzo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.
Titularidad
Público * Ayuntamiento de Madrid * Distrito de Chamberí